Notaria Rosalía Mejía

Constitución de Asociaciones

CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIONES

Definición
Es una organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, que a través de la actividad común persigue un fin no lucrativo.

Requisitos Generales

  • Minuta que contenga el estatuto de la asociación y la designación del primer Consejo Directivo, suscrito por los asociados autorizados por abogado o en su defecto.
  • Minuta suscrita por el representante, junto con el Acta de Junta de Asociados en el cual acuerdan constituir la asociación y que contenga el Estatuto y Designación del primer Consejo Directivo.
  • La Escritura Pública es obligatoria, salvo disposición distinta en la ley.
  • En el caso de las asociaciones religiosas su régimen interno se regula de acuerdo con el estatuto aprobado por la correspondiente autoridad eclesiástica.

Palabras relacionadas
Acta de junta, organización estable, minuta, consejo directivo, escritura pública.

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