Notaria Rosalía Mejía

Donación

Definición
Es el contrato por el cual el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien. El donatario puede ser un familiar o un tercero, en los casos que el donatario es heredero del donante el contrato se conoce también como anticipo de herencia.

Requisitos Generales

  • HR (Hoja Resumen) – PU (Predio Urbano) del año de la venta o de la independización del inmueble en caso de tratarse de Bien Futuro.
  • Prediales del año en que se realiza la venta, totalmente cancelado o de la independización del inmueble en caso de tratarse de bien futuro o en su defecto constancia de no adeudo.
  • Copia Literal del inmueble actualizado.
  • Valorización del inmueble.
  • En el supuesto que el donatario sea hijo del donante deberá presentarse partida de nacimiento que acredite el vínculo de parentesco.

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