Toda persona mayor de 18 años de edad puede designar ante Notario el o los apoyos necesarios en previsión de requerir en el futuro asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica. Asimismo, la persona puede disponer enb qué personas no debe recaer tal designación, así como la forma, alcance, duración y directrices del apoyo a recibir, se debe constar el momento o las circunstancias en que su designación de apoyos a futuro surte eficiacia.