Notaria Rosalía Mejía

No más herederos «olvidados» en la sucesión intestada

Con fecha 7 de junio ha sido publicada la Ley 32277 que modifica el proceso de sucesión intestada notarial, confiriendo al notario la posibilidad de continuar con el trámite de declaratoria de los herederos cuando se presente una oposición sustentada con la o las partidas correspondientes que acrediten el vínculo del heredero no incluido en la solicitud de sucesión intestada.


Hasta antes de esta ley, cuando una persona se presentaba al notario para oponerse a la sucesión intestada en trámite, el notario estaba obligado a suspender inmediatamente su actuación y remitir lo actuado al juez.

Ahora, en los casos en los que la oposición se presente con las partidas correspondientes, el notario
continuará con el trámite.


La importancia de esta nueva ley es que se evita que el heredero preterido no tendrá que esperar el largo proceso judicial para el reconocimiento de su derecho en la sucesión intestada que se tramite en la notaría, como venía ocurriendo.


Favorecer la identificación de todos los herederos es un aporte a la seguridad jurídica que permite la trasmisión de los derechos adquiridos por vía de sucesión evitando problemas posteriores.

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Una publicación de

Rosalía Mejía Rosasco

Ha publicado diversas artículos en revistas de derecho en el ámbito nacional e internacional.

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