Definición
Es el proceso no contencioso mediante el cual el notario formaliza la voluntad de los cónyuges de separarse legalmente y obtener el divorcio ulterior.
Requisitos Generales
- Solicitud con firma y huella dactilar de ambos cónyuges autorizada por abogado. La solicitud debe indicar expresamente la decisión de ambos cónyuges de separarse.
- Copia simple de los documentos de identidad de los cónyuges.
- Copia certificada de la partida de matrimonio con una antigüedad no mayor a tres meses.
- Copia certificada de las partidas de nacimiento de los hijos con una antigüedad no mayor a tres meses.
- Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación expedida por el juez o conciliador de ser el caso, si hay hijos menores o mayores incapaces sobre el ejercicio de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas y alimentos.
- Declaración jurada del último domicilio conyugal suscrita por ambos cónyuges.
- Testimonio de la Escritura Pública inscrita en Registros Públicos de la sustitución o presentar la vigencia de poder.